Derechos Laborales
Mecanismos para formalizar
¿Te gustaría formalizar tu emprendimiento?
No tengas miedo de empezar. Te guiamos con los pasos a seguir, si estás listo/a te ayudamos a hacerlo. Consultá los distintos tipos de opciones para elegir la que mejor se adapta a tu emprendimiento.
¿Qué es el Monotributo Social Mides?
Es un tributo único que permite la formalización de pequeños emprendimientos productivos o de servicios, lo que te permitirá el acceso a la seguridad social y tributaria ante BPS y DGI.
¿Quiénes pueden ser monotributistas sociales MIDES?
La persona aspirante a monotributista social deberá:
- Ser mayor de 18 años.
- No tener empleados/as a cargo.
- Integrar un hogar que se encuentre en condiciones de vulnerabilidad socioeconómica.
El aspirante a monotributista social puede:
- Tener un empleo.
- Ser jubilado o pensionista (consultar previamente en prestaciones del BPS).
- Ser integrante de cooperativas.
Los emprendimientos pueden ser:
- Individuales (unipersonal).
- Asociativos, hasta un máximo de 5 socios.
¿Qué es el Monotributo?
El monotributo es conveniente para micro y pequeños emprendimientos que se desarrollan en actividades de industria y comercio, ya que, aunque se obtienen derechos similares a los de una empresa unipersonal, se paga sensiblemente menos. Permite unificar los aportes a BPS y a DGI en un solo tributo.
¿Quiénes pueden ser monotributistas?
Podés acogerte al monotributo sí:
- Sos feriante o artesano.
- Vendés comestibles de forma ambulante o elaborás artesanalmente alimentos.
- Vendés artículos varios.
- Das clases particulares (salvo cuando son a domicilio del estudiante).
- Hacés corte, confección y tejidos; cosmética y maquillaje.
- Sos cuidacoches.
- Producís de forma artesanal ladrillos o bloques para la venta.
- Hacés marroquinería; masajes; mensajería (salvo cuando vendés servicios a empresas).
- Trabajás en oficios como cerrajero, albañil, sanitario, yeso, aberturas, reparaciones, carpintero, afilador, fotógrafo, herrero; paseador y entrenador de mascotas.
- Tenés un pequeño negocio.
Por más información: https://uruguayemprendedor.uy/tramite/formas-de-tributacion/
Prevención
Monotributo MIDES:
Derechos derivados del Sistema de Seguridad Social. Vas a gozar de:
- Licencia por enfermedad.
- Asistencia económica para lentes y prótesis.
- Operaciones gratuitas de ojos.
- Subsidio transitorio por incapacidad parcial (hasta 3 años).
- Jubilación (común, edad avanzada, incapacidad física).
- Pensión.
- Préstamos sociales y turismo social para pasivos.
- Posibilidad de optar por la cobertura médica por FONASA.
Monotributo
Derechos derivados del Sistema de Seguridad Social. Vas a gozar de:
- Cobertura de salud para el titular, los hijos/as y cónyuge o concubino/a si tienen dos o más hijos/as. Cuando el monotributo corresponde a una sociedad, los socios no son beneficiarios de la cobertura de salud.
- Lentes y prótesis.
- Operaciones gratuitas de ojos.
- Subsidio o licencia por enfermedad.
- Subsidio transitorio por incapacidad parcial (hasta tres años)
Por más información: https://www.bps.gub.uy/bps/file/10828/3/extra-edad.pdf
Información respecto de los peligros y riesgos de violencia y acoso en el mundo del trabajo
La violencia en el trabajo como: toda acción, incidente, o comportamiento, que se aparta de lo razonable, mediante el cual una persona es agredida, amenazada, humillada o lesionada por otra, en ejercicio de su actividad profesional o como consecuencia de la misma. Son acciones que vulneran la dignidad, la integridad física-psíquica del trabajador/a.
Si considerás que estás siendo violentado en tu lugar de trabajo, o qué necesitas asesoramiento, dirígete a: https://pim.udelar.edu.uy/noticias/asesoramiento-virtual-derechos-laborales-y-territorio-en-la emergencia/
Derechos y Obligaciones
Cuando accedés a un trabajo formal, garantizás, a tí y a tu familia, el acceso a la red de protección social. Formás parte de un sistema basado en los demás miembros de la sociedad, en el que se respetan los derechos establecidos en las normas y que te brinda la protección previsional adecuada, accedás a un trabajo decente.
Cuando sos trabajador tenés derecho a:
- Figurar en la planilla de trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) y del INAU (si sos menor), donde se anota tu horario de trabajo, tus descansos y el sueldo real que te van a pagar.
- Que te inscriban en el Banco de Previsión Social (BPS) para generar derechos de Seguridad Social, como la jubilación y el seguro de paro.
- Inscribirte en el Fondo Nacional de Salud (FONASA) dentro de los 30 días de ingresado para tener derecho a la atención de tu salud.
- Tener cobertura por accidentes laborales en el Banco de Seguros del Estado (BSE). • Que se te respete el horario de trabajo acordado, cobrar horas extra si trabajas más tiempo que el horario acordado.
- Cobrar medio aguinaldo en junio y en diciembre, cobrar salario vacacional cuando salís de licencia.
- 20 días de descanso anuales y descanso semanal.
- Afiliarte al sindicato, si así lo decidís.
- Percibir un salario por el trabajo realizado: -Si sos trabajador mensual: deberán abonarte dentro de los cinco primeros días hábiles y nunca después de los diez primeros días corridos del mes siguiente al que corresponda abonar.
- Si tu pago es quincenal: dentro de los cinco días hábiles al vencimiento de la quincena que deba abonarse.
- Si tu pago es semanal: al finalizar la respectiva semana.
- Si tu pago es por día: al finalizar la jornada.
¿Cuáles son tus obligaciones?
- Debes realizar la tarea para la cual fuiste contratado, haciendo uso adecuado de las instalaciones, maquinarias y herramientas de la empresa.
- Debes cumplir con: el horario establecido
- Debes cumplir con lo que te encargue tu jefe, dentro de la tarea para la que fuiste contratado, siempre y cuando eso no ponga en peligro tu vida o se trate de un delito, con la reglamentación de la empresa para el puesto de trabajo para el que te contrataron (puntualidad, asiduidad, vestimenta, higiene, seguridad, etc.).
Por más información: https://www.smarttalent.uy/innovaportal/v/10399/15/innova.front/cuales-son mis-derechos-laborales-y-mis-obligaciones.html